PROGRAMAS ESPECIALES
 

Area Desarrollo y Gestión Empresarial Rural

INSCRIPCION PARA EL ACCESO A LA TIERRA POR PROGRAMAS ESPECIALES

MINISTERIO :

AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

ENTIDAD :

INSTITUTO COLOMBIANO DE LA REFORMA AGRARIA

SIGLA :

INCORA

NATURALEZA :

ADSCRITA

DEPENDENCIA :

SUBGERENCIA DE DESARROLLO Y GESTION EMPRESARIAL RURAL

UNIDAD :

GERENCIAS REGIONALES.

1. Nombre del trámite

Inscripción para el acceso a la tierra por programas especiales.

2. ¿En qué consiste el trámite? :

Si usted es una persona natural que desea acceder a la tierra con subsidio por medio de compra directa para programas especiales dentro del proceso de reforma agraria, debe inscribirse a través de un formulario.

3. Requisitos y documentos necesarios para el trámite

Requisitos:

Tener la condición de desplazado del campo por causa de la violencia, o deportado de países limítrofes o damnificado por desastres naturales.
Estar inscrito en los censos elaborados según el caso por la Red de Solidaridad o los municipios, si se trata de desplazados o damnificados, o por los Ministerios de Relaciones Exteriores o del Interior para los deportados.
Ser campesino hombre o mujer mayor de 16 años, que tenga condición de jefe de hogar, de escasos recursos económicos y derive de la actividad agropecuaria la mayor parte de sus ingresos;
No ser propietario de tierras o si la posee que sea menor de una UAF;
No encontrarse impedido para acceder a crédito;
Que sus activos totales brutos no excedan a 200 Salarios Mínimos Mensuales Legales;
Que sus ingresos familiares mensuales no sean superiores a dos (2) salarios mínimos legales mensuales.
No haber sido beneficiario de tierras del INCORA;

Reunir como mínimo 60 puntos establecidos por la Junta Directiva del INCORA para los factores de calificación relacionados con el número de personas a cargo, los bienes que posea, vinculación al municipio y experiencia en labores del campo.

Documentos:

Presentar, debidamente diligenciado el "Formulario de Inscripción de Aspirantes al Subsidio de Tierras".

DESCARGAR FORMULARIO PARA DIGILENCIAR

 

4. Lugar al cual debe acudir el ciudadano:

A las Oficinas Regionales del INCORA en donde se les prestará gratuitamente la asesoría técnica y legal y se les dará la información que soliciten.

  1. Principales normas que regulan el trámite
  2. Ley 160 de 1994, capítulo VI

    Decreto 2217 de diciembre 5 de 1996

    Acuerdos de Junta Directiva del Incora 05, 17 y 18 de 1996.

  3. Otros datos sobre el trámite

Dependencia que realiza la coordinación administrativa del trámite:

Gerencia Regional del Incora.

Cargo que resuelve definitivamente el trámite:

Director Regional del Incora

Tiempo aproximado de resolución del trámite:

3 meses.

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