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SOLICITUD
DE PROTECCION PARA PREDIOS ABANDONADOS
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MINISTERIO :
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AGRICULTURA Y
DESARROLLO RURAL
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ENTIDAD :
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INSTITUTO COLOMBIANO
DE LA REFORMA AGRARIA
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SIGLA :
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INCORA
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NATURALEZA :
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ADSCRITA
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DEPENDENCIA :
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SUBGERENCIA
DE DESARROLLO Y GESTION EMPRESARIAL RURAL
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UNIDAD :
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GERENCIAS
REGIONALES
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1. Nombre
del trámite
SOLICITUD
DE PROTECCIÓN PARA PREDIOS ABANDONADOS
2. ¿En
qué consiste el trámite? :
Si usted
es un desplazado por causa de la violencia y desea
que el Estado le proteja su predio abandonado, debe
informar por escrito al INCORA.
3. Requisitos
y documentos necesarios para el trámite
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Requisitos
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- Tener
la condición de desplazado del campo por
causa de la violencia.
- Estar
inscrito en el Registro único de desplazados
de la red de solidaridad social
-
Ser propietario del
inmueble sobre el cual solicita protección.
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Documentos:
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- Presentar
solicitud de protección del predio abandonado
al INCORA, anexando la fotocopia de la Escritura
Pública y folio de Matrícula Inmobiliaria
con expedición no mayor a 90 días.
- Presentar fotocopia
de la cédula de ciudadanía
- Lugar al cual debe
acudir el ciudadano:
A cualquiera
de las oficinas del INCORA, en donde se les prestará
gratuitamente la asesoría técnica y
legal y se les dará la información que
soliciten.
- Principales normas
que regulan el trámite
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Ley 387 de 1997,
Artículo 19
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- Otros datos sobre
el trámite
Dependencia
que realiza la coordinación administrativa del
trámite:
Gerencia regional de Incora
Cargo
que resuelve el trámite:
Director Regional de Incora
Tiempo
de resolución del trámite:
1 mes
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