| El
Estado Colombiano es democrático, participativo y pluralista
indicando que es el propio pueblo quien directa o indirectamente
elige a sus representantes en los diferentes estamentos
del Estado, lo que conlleva a que el patrimonio de la
Nación sea propiedad de todos los colombianos y que,
por lo tanto, todo ciudadano debe velar por el cabal
cumplimiento de las funciones de quienes fueron elegidos
y ser participe en el control y vigilancia de sus recursos.
Los
Artículos 6, 90 y 92 de la Constitución Política de
Colombia indican que cualquier servidor público que
infrinja la Constitución y/o las Leyes reglamentarias,
sea por omisión, por extralimitación o acción antijurídica
en sus funciones, será responsable ante las autoridades
por el perjuicio causado. Las normas de control interno
son claras en las definiciones de las funciones, responsabilidades
y autoridad, ya que su inexistencia o ambigüedad no
son justificación para evadir la propia responsabilidad
en el cumplimiento de labores.
Los
Artículos 189, 208, 209, 211 y 269 son de vital importancia
al destacar, entre otros, los siguientes aspectos:
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La
Presidencia de la República, es la Suprema
autoridad Administrativa y por ende le corresponde
realizar el control interno bajo los principios
de igualdad, moralidad, eficiencia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
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La
Contraloría General de la República,
organismo de carácter técnico, que tiene
como objetivo principal vigilar la gestión fiscal
de la administración pública, mediante la aplicación
del control financiero y de resultados, basado
en la economía, equidad y valorización de los
costos ambientales, ejercido de manera posterior
y selectiva. |
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La
Procuraduría General de la Nación, ejerce
sus funciones de control como máximo guardián
de los intereses públicos y de los propios derechos
humanos.Dentro de sus funciones se destacan:
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Vigilar
el cumplimiento de todas las normas y actos
administrativos. |
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Defender
los intereses de la sociedad, vistos no
sólo desde el punto de vista económico,
sino social y del medio ambiente. |
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Velar
por el ejercicio eficiente de las funciones
asignadas a los servidores públicos. |
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Participar
en la evaluación de los controles internos
de los organismos del Estado, ejercer una
vigilancia adecuada constituyéndose en un
cuerpo investigativo y sancionatorio, de
acuerdo con lo que reglamenta la Ley y participar
en la veeduría de los procesos tanto penales
como civiles, en defensa del patrimonio
público. |
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La
Hacienda Pública con su plan Nacional de Desarrollo
mediante la fijación de objetivos y metas a mediano
y largo plazo, evalua la gestión administrativa
de las Entidades del Orden Nacional y Territorial,
a través del cumplimiento de los fines propuestos
en un principio. |
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La
Contaduría General de la Nación, a través
del Plan General de Contabilidad Pública
de obligatorio cumplimiento por parte de las entidades
públicas, se propone estructurar un sistema nacional
de contabilidad pública como instrumento de control |
En
el nivel interno institucional el control se ejerce
con la participación de todos los estamentos de la
organización así:
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La
Organización: A través de la orientación general
y la evaluación global de los resultados. |
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Las
áreas ejecutivas: A través de las normas y
procedimientos establecidos para desarrollar sus
actividades. |
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Las
Dependencias de apoyo: Mediante el uso de
adecuado de procesos administrativos tales como
la planeación, la presupuestación, la administración
financiera, la administración jurídica y administrativa,
el control de gestión y la evaluación del desempeño
del recurso humano. |
La
aplicación del control interno del Incora se logra
mediante los conceptos de autocontrol, control jerárquico,
control de gestión y control de controles.
El
autocontrol: Responde por la ejecución de sus labores,
desde el inicio de un proceso hasta su finalización,
ejerciendo por si mismo el autocontrol de sus actividades
y operaciones en forma sistemática y permanente.
El
control jerárquico: Ejercido por el superior de cada
dependencia y será el responsable de la supervisión
y verificación permanente, completa y oportuna de
toda actividad realizada dentro de un proceso por
los funcionarios adscritos a su dependencia.
El
control de gestión: Exige que todos los funcionarios
que intervengan en el desarrollo de un proceso actúen
como autocontroladores de cada operación, inducidos
a evaluar.
Control
de controles: Actividad de auditoria interna
que se ejerce por la Oficina de Control Interno mediante
evaluación presencial con el fin de medir la calidad,
eficiencia, eficacia y efectividad de los demás niveles
de control, con el propósito de recomendar a la administración
los correctivos necesarios.
Es
oportuno comentar que en la actualidad están elevados
al rango constitucional diversos tipos de controles
tales como:
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De
calidad de bienes y servicios Artículo 78. |
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De
constitucionalidad en sus diferentes modalidades
Artículos 4, 166, 213, 215, 237, 241. |
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De
gestión Artículos 267, 274 , 343. |
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De
rendimiento Artículo 256-4. |
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De
resultados Artículos 119, 267 y 274. |
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Financiero
Artículo 267, 268 y 274. |
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Fiscal
Artículos 267, 268 y 274. |
 |
Interno
Artículos 209 y 269. |
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Jurisdiccional
Artículos 243,. |
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Político
Articulo 114. |
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Administrativo-Jerárquico,
de tutela y presupuestal Artículos 189, 209 y
352. |
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A
los servicios públicos domiciliarios Artículos
265 y 370. |
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Control
de la moralidad en la administración Artículo
118C.P.. |
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Social
o ciudadano Artículos 89 y 369. |
El
Incora por Resolución 671 del 27 de marzo de 1998
crea y organiza la Ventanilla Unica, conformada por
cuatro áreas de trabajo denominadas Quejas y Reclamos;
Atención, Orientación e Información al Cliente; y
Recepción de Correspondencia y Pagaduría.
La
Resolución enunciada establece para cada una de las
áreas de trabajo las correspondientes funciones teniendo
como objetivo principal la realización de la totalidad
de la actuación administrativa que implica la presencia
del peticionario y por ende la rendición de cuentas
a la ciudadanía.
Entre
los mecanismos de participación directa en la gestión
de la institución se destacan:
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En
la Junta Directiva del Incora tienen su representación
la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos
– ANUC, Federación Agraria Nacional – FANAL
-, Organización Nacional Indígena de Colombia
– ONIC -, Asociación Nacional de Mujeres Campesinas
e Indígenas de Colombia – ANMUCIC -, Federación
Colombiana de Ganaderos – FEDEGAN – y la Sociedad
de Agricultores de Colombia - SAC-. |
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Las
Zonas de Reserva Campesina son áreas geográficas
previstas en la Ley 160 de Reforma Agraria de
1994 en donde actúa toda la comunidad, mediante
un proceso participativo con las diferentes instituciones
del Estado encabeza del INCORA. |
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En
los comités de concertación, la participación
ciudadana es relevante porque en los se encuentran
los que ofrecen la tierra y quienes la demandan,
buscando transparencia en las negociaciones, donde
también están los representantes del Incora. |
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