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Area Ordenamiento Social de la Propiedad

SOLICITUD DE ADJUDICACIÓN DE TERRENOS BALDÍOS A PERSONAS JURÍDICAS

MINISTERIO :

AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

ENTIDAD :

INSTITUTO COLOMBIANO DE LA REFORMA AGRARIA

SIGLA :

INCORA

NATURALEZA :

ADSCRITA

DEPENDENCIA :

SUBGERENCIA DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD

UNIDAD :

GERENCIAS REGIONALES

  1. Nombre del trámite:

Solicitud de adjudicación de terrenos baldíos a Personas jurídicas.

2. ¿En qué consiste el trámite?

Si usted es representante de una persona jurídica que venga ocupando un terreno baldío y desea que el Estado se lo adjudique a la entidad, deberá presentar la solicitud al INCORA.

3. Requisitos y documentos necesarios para el trámite

Requisitos que debe cumplir la entidad solicitante:

  1. Tener la condición de entidad jurídica sujeto de adjudicación de baldíos, señalada en la Ley 160 de 1994 pudiendo ser: Empresa comunitaria, Cooperativa campesina; Fundación o asociación sin ánimo de lucro que preste un servicio público o que tenga funciones de beneficio social por autorización de la Ley, sociedad de cualquier índole reconocida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural como empresa especializada del sector agropecuario o que se dedique a la explotación agrícola o ganadera o Entidad de derecho público
  2. Haber ocupado y explotado el predio directamente, durante un término no inferior a 5 años. La ocupación de un predio baldío no es transferible a un tercero.
  3. Demostrar que tiene bajo explotación económica las dos terceras partes de la superficie cuya adjudicación solicita.

Requisitos que debe cumplir el predio:

  1. No encontrarse ubicado dentro de áreas pertenecientes a comunidades indígenas o negras, en reservas forestales, en superficies reservadas para fines especiales o en terrenos que tengan el carácter de bienes de uso público.
  2. Que la explotación económica que se adelante corresponda a la aptitud agrológica del terreno.

Documentos que debe presentar la entidad solicitante:

Solicitud de adjudicación dirigida al Gerente General donde se especifique: nombre de la entidad, su representante legal y documentos que acrediten su creación y vigencia, naturaleza y características del servicio público que desarrolla; nombre del terreno y su ubicación geográfica, la afirmación de ser baldío, extensión aproximada y plano correspondiente; colindantes del predio según los puntos cardinales.

Esta solicitud debe acompañarse de:

Licencia o concepto favorable del Ministerio del Medio Ambiente o de la autoridad ambiental competente.
Estudios de factibilidad sobre la naturaleza, objetivos y demás características del servicio público o de la actividad de utilidad pública e interés social que pretenda prestar y su duración.
Copia de la Ley, Decreto o escritura pública, que dispone o autoriza la construcción de las obras de infraestructura encaminadas a la instalación o dotación del servicio público respectivo o la actividad declarada por ley como de utilidad pública e interés social.
Plano correspondiente, elaborado con arreglo a las excepciones señaladas en la ley, cuando los solicitantes dispongan de él.

4. Lugar al cual debe acudir el ciudadano

Gerencias Regionales del Incora, en cualquiera de sus sedes operativas.

Oficinas Centrales: Subgerencia de Ordenamiento Social de la Propiedad. Piso 4° Edificio Incora, CAN, Bogotá. Fax 2221692. Teléfono 2222511

Email: www.incora4@col1.telecom.co

Conmutador 2224088. Extensiones 4323 o 4324.

5. Principales normas que regulan el trámite

Ley 160 de 1994: Capítulo XII.
Decreto Reglamentario No. 2664 de 1994
Decreto 0982 de 1996
Acuerdos de Junta Directiva Números 014 de 1995; 02 y 015 de 1996 y 06 de 1997.
Resoluciones de Junta Directiva números. 041 de 1996 y 020 de 1998

6. Otros datos sobre el trámite

Dependencia que realiza la coordinación administrativa del trámite: Gerencia Regional

Cargo que resuelve definitivamente el trámite: Gerente General.

Tiempo aproximado para resolver la solicitud: tres (3) a cuatro (4) meses.

 

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